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Responsabilidad civil de la violencia sexual física y tecnológica: Más de diez conceptos de «daño» indemnizable y el gran olvidado: ¿Dónde está el «daño digital»?. Forza e Coraggio che doppo aprile viene maggio

    1. [1] Tribunal Supremo

      Tribunal Supremo

      Madrid, España

    2. [2] Universidad Nacional de Educación a Distancia

      Universidad Nacional de Educación a Distancia

      Madrid, España

  • Localización: Actualidad civil, ISSN 0213-7100, Nº 5, 2023
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • Civil liability of physical and technological sexual violence: More than ten concepts of compensable «damage» and the great forgotten: Where is the «digital damage»? Forza e Coraggio che doppo aprile viene maggio
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      En este ensayo, el Excmo. Sr. Dr. D. Jacobo Barja de Quiroga y la Profra. Dra. Sonia Calaza López —con una visión coral— afrontan un estudio conjunto de la responsabilidad civil de la violencia sexual física y tecnológica, con un análisis individualizado, tanto del «daño psicológico», como del «daño moral»; e incluso, del gran olvidado, el «daño digital». La regulación de un buen número de delitos sexuales —en una lastimosa escala creciente— ideados o materializados en la red —desde la difusión tecnológica de contenidos sexuales no consentidos hasta la misma extorsión digital— impone la pareja necesidad de crear un nuevo concepto de daño indemnizable en toda esa amalgama legal: el «daño digital» que presenta, además, singularidades dignas de mención, concreción y análisis diferenciado respecto de los restantes conceptos de daño, que no dejan de ser los clásicos, reformulados e individualizados ahora, pero todos ellos concebidos para cuantificar el dolor en un plano físico y/o psicológico, pero —en cualquier caso— analógico

    • English

      In this essay, the Hon. Mr. Dr. D. Jacobo Barja de Quiroga and Prof. Dra. Sonia Calaza López —with a choral vision— face a joint study of civil liability for physical and technological sexual violence, with an individualized analysis of both «psychological damage» and «moral damage»; and even, of the great forgotten, the «digital damage». The regulation of a good number of sexual crimes —in a pitifully growing scale— devised or materialized in the network —from the technological dissemination of non-consensual sexual content to the same digital extortion— imposes the couple the need to create a new concept of compensable damage in all this legal amalgam: the «digital damage» that also presents singularities worthy of mention, specificity and differentiated analysis with respect to the remaining concepts of damage, which are still the classic ones, reformulated and individualized now, but all of them conceived to quantify pain on a physical and/or psychological level, but —in any case— analogical.


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