Al legislador español -y del resto de países de la Unión- el mandato de regular, respetando los postulados en ella establecidos, este mecanismo de solución de conflictos. Fue primero el Real Decreto-Ley 5/2012 y posteriormente la Ley 5/2012, de 5 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, los que llevaron a cabo esta labor. Tras algo más de dos años desde la entrada en vigor de la norma se hacía necesario estudiar ciertos aspectos de la misma que resultan controvertidos. A ello va dedicado el título primero. Sin embargo, y puesto que las cuestiones importantes de la mediación van más allá, se dedica el título segundo a las ADR en materia de consumo -arbitraje y mediación-, y el título último a la mediación penal. De esta manera se pretende dar una visión general de los aspectos controvertidos que la mediación presenta en la actualidad.
Resolución extrajudicial de conflictos en la era de la modernización de la justicia: algunas reflexiones sobre la mediación
págs. 17-45
págs. 47-61
págs. 63-95
págs. 97-135
La finalización del procedimiento de mediación y la realización forzosa del acuerdo: principales cuestiones controvertidas
págs. 137-150
Sobre la búsquedad de la esencia (eficacia y calidad) de los mecanismos extrajurisdiccionales para la solución del conflicto de consumo en la Unión Europea: o sobre su nuevo marco normativo (la Directiva 2013/11/UE y el Reglamento 524/2013)
págs. 153-212
ADR y acceso a la justicia en la UE: la resolución de conflictos a través del arbitraje de consumo
págs. 213-249
Mediación penal. Integración de la mediación en la justicia penal: supuestos especiales
págs. 253-301
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