Conforme al art. 25 LAU, cabe la renuncia del derecho de retracto únicamente en los contratos que tengan una duración superior a cinco años. ¿qué sucede si se produce la venta en el primer año?, ¿podría entenderse como un fraude de ley o abuso de derecho?
págs. 4-11
Si no se ha previsto la resolución por necesidad para el arrendador, conforme al art. 9.3 LAU, y se presenta una causa justificada e imprevista, ¿cabe la denegación de la prórroga?
pág. 12
Suspensión del contrato de arrendamiento por obras. Contratos posteriores al 1 de enero de 1995
págs. 13-17
Demanda de juicio ordinario para la determinación de rentas o diferencias económicas entre arrendador y arrendatario
págs. 18-21
Falta de responsabilidad del arrendador por la no reparación de elementos comunes. Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo de 18 de mayo de 2006 (SP/SENT/91640)
págs. 22-23
Calificación y duración de contratos de Asociaciones
pág. 24
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