1757.SENTENCIA DE 12 DEJULIO DE 2003: Cosa juzgada material. Requisitos: existencia de la más perfecta identidad entre las cosas, las causas, las personas y la calidad con que lo fueron. Es necesario comprobar de forma rigurosa la existencia de semejanza real entre la sentencia pronunciada en el anterior proceso y las pretensiones ejercitadas en el presente, no bastando la existencia de diversidad sólo aparente.