El Convenio Europeo sobre Derechos Humanos y Libertades Fundamentales (en adelante, CEDHLF), ha consagrado como uno de sus pilares esenciales el derecho a la vida, como condictio sine qua non para el goce y disfrute de las demás prerrogativas tuteladas en ese cuerpo legal. De la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos se deduce claramente que el contenido del derecho a la vida integra el denominado "orden público europeo", por cuanto representa los intereses superiores en los que se basa la sociedad europea.
A través del presente trabajo se delinearán los marcos esenciales en su configuración del derecho a la vida, recurriendo para ello al análisis de los casos planteados en este último período de tiempo y centrando nuestra atención en lo que concierne a los siguientes ámbitos concretos: el derecho a la vida y su vinculación con la abolición de la pena de muerte; el derecho a la vida y la obligación estatal de salvaguardarlo en su relación con la eutanasia; y, cómo no, la obligación de garantizar la vigencia efectiva del derecho a la vida, con especificaciones en torno a los supuestos de estados de excepción.
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