Uno de los aspectos más importantes para prevenir el blanqueo de capitales es el adecuado establecimiento de medidas de control interno. Son de carácter obligatorio para los llamados sujetos obligados por Ley 19/1993 de 28 de diciembre sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales y a ellas, su Reglamento, dedica el artículo 11. Medidas de control interno.
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