La problemática que nos ocupa es en verdad distinta, ya que una vez comprendidas las conductas desarrolladas por los cybercriminales, resulta indispensable el crear las herramientas de derecho suficientes para evitar las conductas que puedan vulnerar los bienes jurídicos que se intentan proteger por considerarlos importantes al desarrollo de la sociedad. En la mayoría de los casos esto no resulta una tarea grata, ya que en verdad las clasificaciones de los técnicos en informática no coinciden con las de los hombres de derecho, ya que unos clasifican por cuestiones técnicas y los otros lo hacemos por las conductas desarrolladas, lo que no coincide al 100%, ya que como sabemos los equipos informáticos no son más que herramientas que no desarrollan conductas.
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