En nuestro trabajo nos centramos en el tratamiento contable de los inmuebles (terrenos y/o edificios) poniendo nuestra atención en las diferencias más destacadas entre la normativa española y el modelo del IASB, que se recoge en la NIC 16 "Inmovilizado material", la NIC 40 "Inmuebles de inversión" y la NIC 2 "Existencias". En el modelo de valoración que el IASB propone, se permite a la empresa la opción de valorar los inmuebles por el modelo del valor razonable o por el modelo del coste, lo que introduce un modelo contable basado en el valor razonable fuera del marco de los activos financieros, centrándose el debate, principalmente, en torno a la determinación de dicho valor.
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