La casuística que se nos presenta cada día en los órganos judiciales a los jueces y magistrados nos ofrece temas de gran interés que es preciso analizar ante las dudas que pueda ofrecer la aplicación práctica de una norma. Por ello, en esta sección nos permitimos suscitar una cuestión que está siendo objeto de tratamiento en diversas resoluciones respecto a la interpretación del art. 71.2 CP, que ha sido objeto de reciente modificación por la LO 15/2003. Nos planteamos, pues, si la sustitución de la pena de prisión es obligatoria o facultativa en el caso del art. 71.2 CP.
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