Carme Panchón i Iglesias, Carles Ferrer, Sandra Costa
A partir de la segunda mitad del siglo XX, en muchos países industrializados, se empieza a tomar conciencia de la existencia de los niños y de los jóvenes como grupo social. Se ponen en marcha políticas para evitar su explotación. Toda intervención en el campo social está enmarcada en unos parámetros de carácter legal y administrativo. La intervención educativa en el ámbito de la justicia juvenil queda condicionada por la normativa legal vigente en cada momento. Este marco cumple dos funciones simultáneas, por un lado limita la tarea educativa pero al mismo tiempo posibilita las intervenciones socioeducativas. El reconocimiento de que el menor es un sujeto con derechos y que ha de llegar a ser un miembro activo de la sociedad, hace imprescindible una respuesta que proporcione el equilibrio entre control, educación y reinserción.
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