Las medianas y pequeñas empresas son las grandes desfavorecidas de la Ley de Morosidad que se aprobó hace poco más de un año. Los retrasos en el cobro y el constante problema de impagados conllevan una serie de costes financieros, administrativos y jurídicos que el directivo y empresario debe paliar con métodos preventivos La Ley de Morosidad establece una serie de medidas para la lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y tiene como objetivo el acabar con los retrasos en el pago mediante: La fijación de un plazo de referencia de 30 días para el pago de las operaciones comerciales, la penalización en siete puntos el interés de demora a los clientes que incurran en morosidad, el devengo automático de intereses de demora sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial de pago e introduciendo una compensación a pagar por parte de los deudores por todos los gastos de cobro, cuando éstos sean responsables del retraso, así como incorporando la prohibición de imponer condiciones abusivas a los proveedores. Del mismo modo su ámbito de aplicación alcanza a los pagos efectuados como contraprestación en las operaciones comerciales realizadas entre empresas, o entre empresas y la Administración.
La reducción del margen de ineficiencia en la gestión de cobro supone una mejora de nuestra rentabilidad económica incidiendo directamente sobre la cuenta de resultados y de la actividad financiera mediante una reducción del coeficiente de endeudamiento empresarial.
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