Probablemente, la sentencia dictada el 25 de octubre de 2005 por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas desestimando los recursos de Alemania y Dinamarca, en los que se solicitaba la anulación del Reglamento n° 1829/2002, pondrá fin al largo contencioso relativo al reconocimiento de que el queso ¿Feta¿ constituye una denominación de origen griega que merece la protección prevista en el Reglamento n° 2081/92. El reconocimiento en cuestión se ha producido tras largos años de debate y controversia jurídica marcada por la oposición de algunos Estados miembros (entre los que se encontraba Francia) a que la denominación ¿Feta¿ fuera utilizada exclusivamente para los quesos producidos en Grecia y puede considerarse un éxito de la tesis sostenida desde un principio por la Comisión.
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