Las líneas que siguen a continuación se circunscriben al modesto propósito de desvelar la razón de ser de cada uno de los regímenes especiales regulatorios del seguro de vida, así como de esbozar, someramente y a grandes rasgos, sus principales notas con figuradoras, a fin de allegar los elementos de juicio necesarios para formular una fundada apreciación crftica de carácter general sobre las disciplinas objeto de estudio. Al cabo, se persigue someter a examen la técnica legislativa empleada en la regulación de estas modalidades especiales nacidas extramuros de la LCS, mediante las que ha venido a romperse la unicidad del régimen jurídico-privado del seguro de vida en nuestro Ordenamiento.
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