Los métodos naturales de Planeación Natural de la Familia (MRF) no han logrado tener una cobertura significativa a pesar de sus ventajas e Índice de Pearl teórico igual al de los anticonceptivos de mayor efectividad. Es un derecho humano y legal de los profesionales de salud la formación capacitación y actualización de conocimientos profesionales. La Constitución mexicana, la Ley General de Salud y sus normas técnicas, y la Ley General de Población, así como la Declaración Universal de los Derechos Humanos lo avalan. Sin embargo, la práctica de tales indicaciones está muy alejada de lo que indica la ley, para los MDF, ya que se omite el enseñarlos a quienes deben saber indicarlos. Diversas instancias internacionales y supranacionales influyen para que esto suceda. Quienes promueven todas estas razones han acertado al impedir que sean los médicos, los que reciban la información sobre la existencia y funcionamiento, de esta "otra forma" de planificación familiar, y que se acerca más acertadamente al concepto real del término "salud reproductiva", ya que al evidenciar sus ventajas sobre los métodos artificiales los médicos acabarían abandonando en una importante proporción, la prescripción de métodos artificiales, y estimularían la investigación y estandarización de estos métodos. Por ello mantener en la ignorancia a los médicos sobre el conocimiento y entrenamiento en su uso de estos métodos está violando tanto la ley mexicana, como los Derechos Humanos del gremio y de los pacientes que se verán afectados por ello.
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