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El marco legal de las licencias de programas de ordenador: ¿tiene límites la voluntad del licenciador?

  • Autores: Luis Fajardo López
  • Localización: Novática: Revista de la Asociación de Técnicos de Informática, ISSN 0211-2124, Nº. 181, 2006 (Ejemplar dedicado a: Las licencias de Software Libre y su contexto), págs. 16-20
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • el derecho de propiedad intelectual y las facultades que de él dimanan están reguladas y configuradas por la ley, y no cabe que la voluntad del titular lo configure de forma distinta. Lo que sí cabe es que, por contrato, el titular transmita dichas facultades en las condiciones que tenga a bien. Sin embargo, en el marco de las licencias de los programas de ordenador, estas condiciones no coinciden con la libre voluntad del licenciador, sino que éste está obligado a respetar ciertos derechos del licenciatario y a tomar ciertas cautelas a favor del mismo. El objeto de este artículo es dar un repaso, a modo de ejemplo, al contenido de estas limitaciones a la autonomía del licenciador, analizando la validez de las cláusulas de exoneración de responsabilidad, o la prohibición de descompilación, así como la forma en la que deben incorporarse las licencias. Se concluye que las licencias libres se adecuan mejor a la normativa que las propietarias


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