Este artículo reproduce el texto de una ponencia de orientación divulgativa o política, antes que estrictamente jurídica técnica. Desde el presupuesto de que el Derecho Penal, una vez establecido un cierto nivel de intervención, poco puede hacer por modificar la realidad social, se defienden algunas medidas de diferente alcance y relativas a distintos ámbitos de actuación, desde lo personal (uso del lenguaje, ropa) hasta los cargos de representación política (cuotas), cuya eficacia para contribuir a la prevención de la violencia contra las mujeres se estima similar o incluso algo superior que la de la exacerbación punitiva. Se llama asimismo la atención sobre algunas mejoras, de carácter especialmente procesal, que contribuirían a eliminar las disfunciones y la descoordinación en esta materia, en la línea de lo acordado por el CGPJ el 21 de marzo de 2001.
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