Una de las novedades punitivas que han suscitado amplio rechazo doctrinal en los últimos años es el delito del artículo 380 CP, cuyo alcance práctico más notorio consiste en la tipificación de la negativa del conductor de vehículo de motor a someterse a la prueba de alcoholemia. Esta infracción penal se encuentra lógicamente vinculada a una de las modalidades de la descrita en el artículo precedente, la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, si bien tanto el artículo 379 como el 380 CP abarcan otras conductas relacionadas con el consumo de drogas. Estos tipos penales son aplicados de forma cotidiana en los órganos judiciales, habiendo generado abundante jurisprudencia. Además de los problemas dogmáticos inherentes a cada uno de ellos por separado, tienen particular interés las relaciones concursales. Todas estas cuestiones son examinadas en el presente trabajo.
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