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Resumen de Reflexiones sobre la función de la supervisión educativa como mediadora en los casos de acoso escolar

Beatriz Rabasa Sanchís

  • Ante los problemas de convivencia existentes en los centros educativos, se han aprobado distintos Protocolos de Actuación destinados a detectar los casos de acoso entre alumnos, y a intervenir, si la situación así lo requiere. En el presente trabajo se estudia el papel que las administraciones reservan, en estos supuestos, a la Supervisión Educativa. Para ello se analizan dos Protocolos de Actuación que parten de concepciones muy distintas: Nos referimos al aprobado en Castilla y León, mediante la Orden EDU/52/2005, de 26 de enero, y al incluido en el Plan de Prevención de la Violencia de la Comunidad Valenciana o Plan PREVI, de octubre de 2005.

    En el primero de ellos, las funciones asignadas a la Inspección Educativa son extraordinariamente limitadas. En el segundo, y ante los mismos supuestos, el Plan PREVI prevé una actuación casi exclusiva de la Supervisión Educativa, desempeñando los miembros del equipo docente un papel meramente testimonial.

    Frente a estas concepciones antagónicas, se apuesta por un diseño de las funciones de la Supervisión Educativa, enmarcado en un modelo intermedio que permita conjugar la necesaria participación de todos los implicados con la igualmente imprescindible supervisión del procedimiento de gestión del conflicto.

    Posteriormente, se repasan las características y ventajas de la Mediación Escolar, abogando por un Enfoque Global de Transformación de Conflictos


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