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La formación del consentimiento a través de las nuevas tecnologías de la información: Parte II:La aceptación electrónica ¿Contratantes electrónicos contratantes presentes o ausentes?

  • Autores: Ruperto Pinochet Olave
  • Localización: Ius et Praxis, ISSN-e 0718-0012, ISSN 0717-2877, Vol. 11, Nº. 1, 2005, págs. 55-92
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      El presente artículo es el segundo de una serie de cuatro que tienen por objeto tratar de modo exhaustivo el tema de la formación del consentimiento electrónico. Se ocupa de la aceptación electrónica procurándose determinar cuáles requisitos específicos deben cumplirse en el caso que la aceptación de una oferta sea realizada por un medio perteneciente a las nuevas tecnologías. Se revisa la legislación, principalmente del ordenamiento jurídico nacional, que contiene prescripciones que puedan resultar aplicables a la aceptación electrónica analizando, en cada caso, el contenido de tales regulaciones. Se concluye la aplicación de los requisitos clásicos de la aceptación a la aceptación electrónica, no obstante, que se detectan profundas diferencias en los conceptos de partes presentes o ausentes cuando se analizan tales nociones en la contratación electrónica. Por la misma razón, las teorías de la declaración, de la remisión, de la recepción y del conocimiento, parecen no responder ­en una visión preliminar- adecuadamente a la formación del consentimiento electrónico.

    • English

      This article, on the electronic acceptance of an offer or tender, is the second in a series of four which seeks to provide a full analysis of the formation of consent or agreement by electronic means. Our aim here is to determine the specific requirements than ought to be met if an acceptance is to be expressed by means of the new technologies. The national legislation is surveyed to identify and analyze norms that could be applicable to the problem at hand. We find that the classical requisites of acceptance are indeed applicable to its electronic form, although significant difference emerges as to the notions of present and absent when applied to the electronic agreement. For this reason, the theories of declaration, remittance, reception, and acknowledgment seem not to properly respond, at first analysis, to the formation of consent by electronic means.


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