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Resumen de Incidencia del derecho de libertad de conciencia en la tutela penal del patrimonio cultural de interés religioso

Ana Fernández-Coronado González

  • Desde una perspectiva histórica, el sistema de protección del patrimonio cultural español, ha sido fragmentario y disperso. El establecimiento de un régimen unitario y coherente no se logra hasta el Derecho vigente. Esta línea de actuación afectó también a la tutela realizada por el legislador penal, que mantuvo una postura fuertemente influenciada por la ideología liberal, firme defensora de la propiedad privada. La protección establecida en materia de patrimonio, facilitó el desarrollo de otras vías de tutela, al socaire de la fuerte unión entre lo civil y lo religioso presente en España durante siglos. Se produce, entonces, en nuestro Derecho penal histórico una curiosa forma de tutela de determinados bienes fundamentada en la dimensión espiritual del objeto y su incidencia en los sentimientos religiosos de la comunidad. Superada la confesionalidad estatal, la legislación penal sobre esta materia no ha logrado desvincularse totalmente de esas viejas ataduras religiosas. La consecuencia es que la lesión de los sentimientos religiosos sigue de alguna manera condicionando los delitos sobre el patrimonio cuando la acción punitiva recaiga sobre bienes u objetos sagrados.


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