La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, si bien se aplica tanto al sector público como al sector privado, conteniendo disposiciones comunes en ambos casos, establece en su título quinto un desdoblamiento de la regulación de determinados aspectos para el primero relativos básicamente a la creación, modificación y supresión de los ficheros, cesiones o comunicaciones de datos, así como en relación a los derechos de los afectados, algunos posteriormente declarados inconstitucionales según la conocida Sentencia 292/2000, de 30 de noviembre.
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