Jorge Alguacil González-Aurioles
Los conocidos problemas que plantea la participación en la integración europea a los órdenes políticamente descentralizados habían sido abordados por el federalismo alemán antes de esta reforma, si bien de forma parcial y con escasa eficacia. La nueva normativa busca paliar las deficiencias existentes. Por lo que respecta a la fase ascendente de creación del Derecho europeo, se reducen las competencias en las que los Länder pueden participar directamente. La reforma del apartado tercero del artículo 53 LF pretende facilitar la adopción rápida y ágil de decisiones. En la fase descendente o de ejecución del Derecho europeo parece lógico instaurar un sistema de responsabilidades, si bien el objetivo no debería ser la distribución de responsabilidades, sino el aseguramiento del cumplimiento de la obligación, en su caso mediante instrumentos del federalismo cooperativo. Si la participación de los Länder en el déficit general de Alemania es evidente, parece claro que ellos deben asumir también parte de la responsabilidad por la infracción compartida.
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