J. García Torrent, Enrique Querol Aragón, C. Fernández Ramón, L. Montenegro Mateos, C. Azpeitia Muñoz
En este artículo se analizan someramente las reglamentaciones desde el punto de vista de las instalaciones industriales con calderas de gas y se presentan las recomendaciones de seguridad aplicables a los distintos elementos de estas instalaciones. Se concluye que ésta se alcanzará siguiendo los procedimientos ATEX.
A la hora de analizar la seguridad de las instalaciones que utilizan gas natural como combustible, como la acometida de gas a una caldera o a quemadores de hornos, frecuentemente surgen dudas en cuanto a los requisitos reglamentarios que deben cumplir dichas instalaciones industriales. Por un lado, las directivas sobre atmósferas explosivas parecen excluirlas y, por otro, existen normativas específicas para aparatos de gas, lo que puede inducir a confusión sobre si es necesario o no clasificar en zonas las áreas donde se instalan algunos de sus componentes, como las rampas de gas que regulan el aporte de gas a los quemadores o las estaciones de medida y regulación, y si los elementos constituyentes, como válvulas de corte, reguladores o filtros, deben tener marcado y cumplir las exigencias ATEX.
1. Base legal Las instalaciones industriales con generadores de vapor o calderas que funcionan con gas están afectadas, en primer lugar, por el Real Decreto 769/1999 [1], de 7 de mayo, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo , 97/23/CE,etc...
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