El decreto de abolición de los fueros de los Reinos de Valencia y Aragón mantuvo vigente la normativa tradicional sobre la jurisdicción e inmunidad eclesiástica, ratificándose esta excepción en la Real Cédula de 7 de septiembre de 1707. Considerando que ello implicaba un reforzamiento de sus privilegios, los miembros de dicho estamento presentaron una intensa resistencia a la imposición del estanco del tabaco, que la monarquía contemplaba como una «regalía notoria» inherente a su soberanía. Inicialmente, la oposición fue asumida por la jerarquía eclesiástica y generó enfrentamientos jurisdiccionales de tal gravedad que Felipe V procedió a la emisión de disposiciones de carácter regalista en las que se limitó seriamente los privilegios de la Iglesia valenciana. Pero, como los miembros del clero creyeron que estas medidas vulneraban sus derechos, se sintieron legitimados para adquirir el producto mediante la realización de actividades que la administración fiscal consideraba fraudulentas. El motín inducido por el clero en la localidad de Ayora en 1730 constituye la manifestación más evidente de la existencia de dicha mentalidad, que se mantuvo en gran medida durante el resto de la centuria.
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