Sonia Silva Segovia, Pedro Mora Peris
La implantación de los Registros tipo ¿PRTR¿ tienen su fundamento jurídico, a nivel europeo, en el Convenio de la CEPE, (UN/ECE), sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente, adoptado en Aarhus (Dinamarca) en 1998. De este convenio se deriva el Protocolo sobre los PRTR (Protocolo para la implantación de Registros de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, conocidos por sus siglas en inglés ¿PRTR¿) el cual se adoptó en mayo de 2003. España es parte del Convenio de Aarhus y firmante de este Protocolo.
Pero realmente es desde la Cumbre de Río de Janeiro (1992), cuando se empezó a tratar más formalmente a estos registros como una herramienta muy útil para poder disponer de datos históricos que permitan cuantificar los impactos ambientales y así desarrollar políticas ambientales adecuadas que alcancen un alto grado de protección del medio ambiente mediante la prevención o la reducción de dichos aspectos.
La OCDE, desde 1993, también viene recomendando a los gobiernos nacionales el establecimiento de bases de datos que contengan los registros de las emisiones de sustancias contaminantes provenientes de instalaciones o complejos industriales de forma individualizada.
En este contexto, se introduce el concepto de inventarios de emisiones y transferencias de contaminantes (¿Pollutant Release and Transfer Registers¿ o más conocidos por sus siglas PRTR), como herramienta útil de seguimiento e instrumento adecuado para la difusión pública de este tipo de información (1996).
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