La reforma del Código penal operada en virtud de la LO 15/2003 afecta al comiso, ampliando su alcance con la introducción del denominado comiso sustitutivo y estableciendo la posibilidad de que pueda decretarse esta medida accesoria incluso en supuestos de exención o extinción de la responsabilidad penal. Esta reforma constituye una razón para reflexionar acerca del contenido de este instituto, con críticas a la irrupción del comiso sustitutivo por su posible inconstitucionalidad, así como de la naturaleza jurídica del comiso, distinguiéndose, en este sentido, entre los medios para la preparación o ejecución del delito y las ganancias obtenidas con el mismo.
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