A fines de diciembre de 1977 y bajo la presidencia de José López Portillo se promulgó la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales con la intención de facilitar la participación (controlada) de nuevas fuerzas políticas en la formación de voluntades, de ampliar la representatividad de la Cámara de Diputados y de contrarrestar el creciente abstencionismo electoral de los ciudadanos. El artículo se propone de explicar las condiciones para el registro de partidos políticos y las disposiciones para la elección de la Cámara de Diputados así como de analizar los resultados de las elecciones de diputados de 1979 y 1982 y de la elección presidencial de 1982. El análisis electoral resulta en lo siguiente: Primero: En contraste a las elecciones de 1979 los de 1982 demostraron un considerable aumento de los sufragios; sin embargo, todavía se abstuvieron de votar entre diez y once millones de ciudadanos lo que es prueba de una actitud negativa o bien indiferente muy extendida frente al sistema político mexicano. Segundo: Una participación electoral elevada en México no es tanto una función del nivel de desarrollo socioeconómico sino que lo es más bien el resultado del control político-social del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en las zonas atrasadas. Tercero: Aunque el PRI sigue siendo el partido más fuerte, la base legitimadora de su papel dirigente continúa disminuyéndose. En 1982 solamente el 43,9 por cien de los ciudadanos con derecho a voto votaron por sus candidatos para diputados y el 50,4 por cien por su candidato a la presidencia, Miguel de la Madrid. De otro lado, la votación por todos los demás partidos en las elecciones de diputados se triplicó entre 1976 y 1982 -los partidos de derecha probándose más atractivos para los electores descontentos con el PRI y el gobierno que los partidos de izquierda. Cuarto: No obstante, el éxito (relativo) de los partidos minoritarios no cambió el repartimiento de las fuerzas en la Cámara de Diputados. También el nuevo sistema electoral favorece al PRI garantizándole prácticamente los tres cuartos de los mandatos que se asignan según el principio de votación mayoritaria relativa, mientras que los partidos minoritarios compiten entre sí por porciones de los cien mandatos que se distribuyen según el principio de representación proporcional.
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