Ser sometido a los rigores de un proceso penal es cuanto menos desagradable, pernicioso para la reputación, para las amistades, y la mayoría de las veces, además, para el bolsillo. Es lo que se ha venido denominando la «pena de banquillo» que padece todo procesado, incluso el absuelto. En las líneas que seguirán, más que examinar una de las muchas especificidades del principio, lo que se intentará es delimitar el alcance de la prohibición de bis in idem, atendiendo a una valoración crítica de la jurisprudencia reciente.
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