Con la aprobación judicial del convenio, el proceso concursal puede desembocar en solución liquidatoria planteándose la problemática de la consideración que deben merecer los créditos devengados en el iter cronológico entre la sentencia de aprobación del convenio y el auto que apertura la ulterior liquidación. Este es el análisis que se efectúa en esta tribuna, de forma pormenorizada, que esperemos sea de gran interés para el lector.
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