A efectos del presente artículo resulta de especial relevancia el análisis de tres de los derechos consagrados y los correspondientes modelos técnico-jurídicos para su aplicación: el derecho a obtener los medios de identificación electrónica necesarios , el derecho a la utilización de otros sistemas de firma electrónica admitidos en el ámbito de las Administraciones Públicas , y el derecho a no aportar los datos y documentos que obren en poder de las Administraciones Públicas .
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