De acuerdo con la normativa aplicable, corresponde a la Dirección General de Función Pública la planificación, coordinación y gestión, en su caso, de los sistemas de previsión de riesgos laborales respecto del personal al servicio de la Comunidad de Madrid, la gestión del régimen de colaboración con el Instituto Nacional de Seguridad Social, y la gestión de los beneficios sociales del personal cuando la misma no esté atribuida a otro órgano.
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