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La reforma del Registro Civil por la Ley 1/2009, de 25 de marzo, de Reforma de la Ley de 8 de junio de 1957, sobre el Registro Civil, en materia de incapacitaciones, cargos tutelares y administradores de patrimonios protegidos

  • Autores: Francisco Javier Pozo Moreira
  • Localización: Diario La Ley, ISSN 1989-6913, Nº 7166, 2009
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La Ley 1/2009 de reforma de la Ley de Registro Civil y de la Ley de Protección patrimonial de las personas con discapacidad desea avanzar, con un nuevo régimen de publicidad registral, en el objetivo de supervisar la efectiva aplicación de la normativa sobre el patrimonio protegido, cuya razón de ser es justamente crear un patrimonio que sirva de «hucha» con que paliar los problemas económicos y de garantía de cuidados que se derivan de las situaciones en las que las personas incapaces (con discapacidad psíquica de al menos el 33% y física superior al 65%) sobreviven a sus progenitores y/o tutores, o para el caso de una persona que prevea su incapacidad y vaya a ser beneficiaria del patrimonio protegido que a tal fin constituye. La Ley 1/2009 no ha entrado, pese al intenso debate desarrollado en el Senado, a reformar los regímenes tributarios del patrimonio protegido, quedando tal reforma para una próxima legislación tributaria «ad hoc». Este artículo examina, siguiendo el orden de su articulado, los aspectos más relevantes de la Ley 1/2009 y los contrasta con la regulación anterior del Registro civil. En especial, se pone el acento en las medidas reformadoras de la regulación y organización del Registro Civil, en particular en el nuevo régimen de publicidad notarial y en el papel del Ministerio Fiscal.


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