La Ley Orgánica 8/2006 de 4 de diciembre, con entrada en vigor el 5 de febrero de 2007, por la que se modifica la Ley Orgánica 5/2000 de 12 de enero de responsabilidad penal de los menores, plantea interesantes dudas acerca de la posible aplicación de ésta, en determinados supuestos, a los jóvenes entre 18 a 21 años. El objeto del presente trabajo trata de determinar si tal posibilidad es cierta y de especificar los casos en que ello sería factible.
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