Como ya es habitual en los últimos tiempos, el Gobierno aprovecha la llamada Ley de Acompañamiento a los presupuestos Generales del Estado para introducir novedades en las prestaciones sociales. Este año no ha sido una excepción y se han introducido algunas reformas en las prestaciones y condiciones por la incapacidad temporal. De esta forma, a partir de ahora se suprime el subsidio al desempleo durante incapacidad laboral si el afectado no comparece de forma justificada a los exámenes médicos del INSS o de la Mutua de Accidentes. Igualmente, la futura Ley de Pensiones tenderá a reducir las prestaciones por fin del período de vida laboral a los 65 años y primará la continuidad laboral a partir de esa fecha.
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