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Resumen de El castigo corporal como método de disciplina contra niños, niñas y adolescentes frente a la Corte Interamericana de Derecho Humanos: Un desafío internacional

Jorge F. Calderón Gamboa

  • español

    El 29 de diciembre de 2008, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos solicitó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos una Opinión Consultiva1 respecto a la utilización del castigo corporal como método de disciplina contra niños, niñas y adolescentes. Sin embargo, la Corte IDH, mediante Resolución del 27 de enero de 2009 decidió no dar respuesta a dicha solicitud al considerar que de la jurisprudencia del Tribunal se desprenden los criterios en relación con los puntos expuestos en dicha consulta. No obstante dicho rechazo, el Tribunal emitió algunas consideraciones relevantes sobre su propia jurisprudencia en materia de niño/as y asentó criterios establecidos por el Comité de Derechos del Niño de la ONU respecto del tema. Si bien la Corte reconoció ciertos estándares internacionales en la materia, la falta de respuesta no permitió abordar ni profundizar en el tema de manera específica, sobre todo lo que respecta a fijar un estándar regional sobre la forma de regular la protección de niños, niñas y adolescentes frente a toda forma de castigo corporal, ya sea mediante medidas legislativas o de otra índole y su eventual prohibición. La erradicación de esta práctica representa un desafío fundamental para el derecho internacional de los derechos humanos.

  • English

    On December 29, 2008, the Inter-American Commission on Human Rights filed a request for an Advisory Opinion before the Inter-American Court of Human Rights regarding "the use of corporal punishment as a disciplinary method for boys, girls, and adolescents." Nevertheless, the Court, through its Order of January 27, 2009, decided not to respond to this request, considering that its jurisprudence contains criteria in relation to the points presented therein. However, the Court delivered important considerations with respect to that jurisprudence, in agreement with criteria established by the UN Committee on the Rights of the Child. Although the Court recognized certain international standards on the subject, its lack of response prevented it from approaching or developing this issue with specificity. In particular, it did not allow the consideration of a regional standard for the protection of children and adolescents, whether through legislative or other means, subjected to corporal punishment in all its forms, or the eventual prohibition of this practice. The eradication of corporal punishment of children is a fundamental challenge for international human rights law


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