La regulación que de las medidas cautelares lleva a cabo la Ley Concursal deja abiertos numerosos interrogantes, pues al declarar su artículo 8.4 la jurisdicción y competencia del juez del concurso respecto de �toda medida cautelar que afecte al patrimonio del concursado� plantea inevitablemente la duda acerca de si el juez concursal es competente para conocer también de aquellas que se soliciten o adopten en otros procesos distintos al concurso.
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