La revelación pública e innecesaria de las tendencias homosexuales de una mujer en un programa de televisión atenta contra su derecho a la intimidad, aunque no haya habido vejaciones, ni trato despectivo en las manifestaciones y éstas se hayan mantenido dentro del respeto personal. La simple divulgación del hecho supone una intromisión ilegítima en aquel derecho fundamental.
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