En el presente artículo analizamos la situación que, a menudo, se repite en los actos de uso de suelo, en el supuesto en que es necesaria la ocupación temporal o uso de un bien de dominio público; la intervención que despliega el órgano urbanístico actuante en estos supuestos, con carácter general, no se limita únicamente al control de los aspectos urbanísticos sino también demaniales, al requerir al interessado en la actuación urbanística la resolución del órgano titular del bien que legitime ese uso u ocupación temporal.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados