En una materia como el Derecho de Familia, los operadores jurídicos estamos acostumbrados a una flexibilización e incluso anulación de los principios jurídico- procesales propios de la jurisdicción civil atendido el interés público de los intereses en juego. No obstante, es importante, tanto para los letrados como para los jueces, no perder de vista que, ciertas materias, pese a incluirse en las sentencias de nulidad, separación y divorcio, son de derecho dispositivo, con las importantes consecuencias prácticas que ello supone. En las siguientes líneas trataré de acercar al lector a las más frecuentes aplicaciones del principio dispositivo en relación a la pensión compensatoria, incidiendo en los principales problemas prácticos y tratando de ofrecer soluciones útiles.
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