La nueva oficina judicial (NOJ) pretende aproximar las secretarías judiciales a las demás oficinas administrativas, con plena responsabilidad del Secretario en la tramitación y la ejecución, y con servicios comunes a varios juzgados, aunque con recurso final ante un Juez. El juez se centra en dirigir las vistas y en las sentencias, y revisa por vía de recurso, sin dirección inmediata, las decisiones de mayor calado en la tramitación y en la ejecución. Se tiende a romper el binomio Juez/Juzgado, en la perspectiva de unos nuevos órganos de constitución unipersonal pero de composición plural: los denominados juzgados de instancia.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados