La reciente reforma reglamentaria de las operaciones vinculadas en España ha centrado el debate en aspectos accesorios y de simple compliance. La definición de entidades vinculadas, mucho más extensa que en las normativas de nuestro entorno, ha hecho que los sujetos obligados por esta normativa excedan los sujetos naturales de la misma, los grupos multinacionales, y las reivindicaciones se limiten a intentar una reducción de costes de cumplimiento a la vez que favorecen una visión simplista del significado del principio de libre competencia. España parece haberse ausentado de los deb...
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