En 2001 se adoptó el Convenio de Ciudad del Cabo, relativo a Garantías Internacionales sobre Elementos de Equipo móvil, junto con su Protocolo sobre Equipos Aeronáuticos, de UNIDROIT. Tras finalizar el Protocolo de Luxemburgo, sobre asuntos específicos referidos a material rodante ferroviario, firmado en 2007 pero sin que haya entrado todavía en vigor, un nuevo Protocolo, ahora relativo a los bienes de equipo espacial está siendo elaborado en UNIDROIT. En este artículo se analiza el Proyecto de Protocolo sobre bienes de equipo espacial, en su redacción tras la cuarta sesión del Comité de Expertos Gubernamentales de UNIDROIT, que ha tenido lugar entre el 3 y el 7 de mayo de 2010. Junto a un primer acercamiento al Protocolo, el artículo se centra en aquellas cuestiones que han sido objeto de debate en la última sesión del Comité de Expertos: la definición de bien de equipo espacial, la inscripción de los derechos de salvamento, la prioridad de la cesión de derechos, el deber del deudor de ceder su licencia y los límites a las soluciones al incumplimiento, especialmente en lo que se refiere al suministro de servicios públicos.
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