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Implicaciones del Tratado de Lisboa en la lucha contra la delincuencia organizada

  • Autores: Rocío Zafra Espinosa de los Monteros
  • Localización: Revista General de Derecho Penal, ISSN-e 1698-1189, Nº. 14, 2010
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • En el contexto actual, uno de los principales factores desestabilizadores de la seguridad y la paz social de los Estados, es la actuación de las organizaciones criminales. Estos entramados organizativos son cada vez más peligrosos. La sofisticación y especialización, tanto en el personal que los integra como, en las técnicas delictuales ponen en entredicho el equilibrio de los Estados. Son capaces de adoptar apariencia de legalidad para poder infiltrarse en las dimensiones económicas, sociales y políticas. Además, adquieren una dimensión transnacional afectando a varios Estados. Por todo ello, la actuación individual de los Estados miembros de la Unión no son suficientes para poder hacer frente, de forma eficaz, a estas nuevas formas de criminalidad organizada. De este modo, es necesaria la acción conjunta de todos los Estados afectados. En este sentido, la adopción del principio de reconocimiento mutuo de resoluciones, supuso un progreso para conseguir una lucha conjunta. No obstante, entrada en vigor del Tratado de Lisboa, en diciembre de 2009, ha introducido importantes modificaciones en la cooperación policial y judicial en materia penal. Entre ellas, el compromiso de los Estados miembros a una aproximación de legislaciones procesales y penales que permitan la investigación y represión de estas conductas criminales.


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