Actualmente, España tiene notificado, por parte de la Comisión Europea, Dictamen motivado, relativo al incumplimiento por el Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos de la legislación comunitaria; concretamente del artículo 3.2 de la Directiva 92/12/CEE; al no tener una regulación jurídica armonizada, estableciendo su devengo en la fase minorista de la comercialización de los hidrocarburos, así como al no responder a una finalidad específica, sino a una finalidad fiscal, presupuestaria; por lo que dicho tributo tiene un futuro incierto, que bien podría vehiculizarse mediante su derogación y paralelo incremento, y cesión a las CCAA, de los tipos de gravamen del IEH, en consonancia con la Directiva 2003/96/CE.
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