La nueva modificación al Código Civil Argentino, que suprime la referencia a la distinción de sexos en el matrimonio, tiene implicancias que no sólo se proyectan sobre las prácticas sociales. Supone una posición iusfilosófica radical. Más profundamente, entraña una modificación cultural y simbólica, que probablemente incida en el patrimonio de las futuras generaciones. Aquí se analizan dos de los presupuestos teóricos que han presidido el debate y la aprobación del nuevo matrimonio: la negación de la dependencia del derecho tanto respecto de hechos, valores, normas y principios; y de la finitud del hombre en su condición de ser sexuado. El artículo concluye con un análisis en punto al final abierto que deja la deconstrucción y reconstrucción del matrimonio en el derecho positivo y en la posibilidad misma de que las generaciones futuras accedan al conocimiento de los principios de la ley natural.
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