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El urbanismo ilegal en suelo rural, tratamiento legal y regularización

  • Autores: Luis Mariano Reula Sanz, José Gavilán López
  • Localización: Práctica urbanística: Revista mensual de urbanismo, ISSN 1579-4911, Nº. 104, 2011, págs. 14-27
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • El estudio relativo al tratamiento legal y regularización de urbanizaciones ilegales en suelo rústico se centra por un lado en el examen normativo a nivel estatal (a través del TR 2/2008 de la ley del suelo) del urbanismo ilegal en el suelo rural mediante el examen detallado de los preceptos que quedan afectados por esta problemática, mientras que por otro lado, y desde un punto de vista más práctico, se propone una batería de soluciones por los autores del estudio para aportar y valorar posibles recursos ante un tema tan complejo.

      La nueva clasificación básica del suelo permite extender el concepto del suelo rústico hasta el suelo urbanizable y así amplía el ámbito de su protección. Medidas como la expropiación forzosa resurgen como un instrumento de ahorro a los caudales públicos y como una adecuada herramienta de regularización que a efecto de valoraciones prima a la propiedad ajustada a derecho y al planeamiento. Por otro lado el tratamiento expreso de un procedimiento de regularización en la normativa autonómica llega a resultar un fenómeno extraño, y en la mayoría de Comunidades Autónomas se adapta la normativa existente a las vicisitudes edificatorias. Es por ello que nos encontramos con dos modos de afrontar el procedimiento de regularización por parte de las Comunidades Autónomas: uno que consiste en regularizar desde un punto de vista práctico, haciendo uso de la instrumentación legal preexistente que no abarca un procedimiento explícito, y otro que consiste en tratar tal procedimiento como un elemento necesitado de una clara previsión legal, y así lo incluía en su legislación urbanística. La urbanización ilegal es consecuencia de la abstención de la autoridad administrativa, construcción indiscriminada sobre el territorio, dificultades para una adecuada ordenación, marabunta normativa, crisis económicas, modelos insostenibles urbanísticos. La regularización trata de acercar dos posturas, la de los particulares intentando evitar alguna sanción o demolición, y la de la Administración buscando hacer cumplir la ley, sin tener que acudir a acciones extremas y demasiado desagradables para el infractor. En este punto nos hallamos, en la búsqueda de profundizar en la diversidad de soluciones que las circunstancias, la legislación y la experiencia, nos pueden ofrecer. La realidad es que existe un infractor que actúa contra la ley, al igual que es una realidad la omisión expresa por parte de las administraciones de la disciplina urbanística. Por lo que resulta imperativa la necesidad de abastecer tal caos urbanístico, hoy generalizado, en una amalgama de reconducciones que sean justas con el interés general y también con la casuística del individuo. El "suelo", además de un importante factor económico, es un recurso natural, escaso y no renovable (tanto rústico como urbano), por lo que se debe imponer sobre cualquier otro valor social, económico o político.


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