La recientemente aprobada Ley de regulación del Juego regula las actividades de juego de ámbito estatal, en especial las realizadas a través de medios electrónicos, informáticos o telemáticos, así como fija un sistema de tributación sobre las mismas. Desde el punto de vista tributario, destaca la creación de dos nuevos tributos, a saber: un Impuesto sobre Actividades del Juego y una Tasa por la Gestión Administrativa del Juego. De alguna forma, el establecimiento del nuevo impuesto sitúa en un plano de mayor igualdad fiscal las actividades de juego on-line y off-line o presenciales, como consecuencia de esta legalización de la situación alegal en que se encontraba el juego on-line, sin perjuicio de que fueran aplicables determinadas disposiciones del ordenamiento tributario que podían resultar de conflictiva aplicación a un sector que en gran medida operaba desde jurisdicciones calificadas como «paraísos fiscales».
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