La Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo (LRMT) (BOE del 18 del mismo mes), ha modificado de forma sorprendente, pues a tal respecto nada decía el Real-Decreto 10/2010, de 16 de junio al que sustituye, el art. 26.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (ET). Esta modificación incide claramente en dos aspectos importantes del salario. Uno, en relación con los límites establecidos para el salario en especie y las relaciones laborales de carácter especial y otro en relación con el salario mínimo interprofesional.
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