Se reivindica la función político criminal del bien jurídico dentro de un Derecho Penal mínimo construido a partir del marco referencial de los derechos humanos y una teoría del discurso que incorpora un particular principio de realidad. La fundamentación de los bienes jurídico-penales se vincula a la fundamentación de los derechos humanos. Con carácter previo se abordan críticamente la teoría de la dañosidad social, el harm principle y otros criterios alternativos de legitimación de las normas.
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