La reforma introducida por la Ley Orgánica 12/2007 ha modificado el régimen jurídico de la Guardia Civil. Hasta su aprobación, la ley penal aplicable era el Código Penal Militar. Pero la diferenciación hecha por la Ley entre funciones policiales y misiones militares indica que el Código Penal ha se der aplicado con carácter general. Sin embargo, la interpretación de la Ley por parte de los Tribunales militares y por la Sala 5ª del Tribunal Supremo sugiere la situación contraria. Esta interpretación supone un quebranto del principio de legalidad y una aplicación de la Ley de carácter extensivo.
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